Obligación beneficiarios gasóleo profesional para percepción ayuda extraordinaria gobierno

Recordatorio obligación presentación declaraciones con carácter previo a la percepción de la ayuda extraordinaria y temporal RDL 20/2022

Recordatorio a las empresas de transporte censadas como beneficiarios del gasóleo profesional ante la AEAT de la exigencia que tienen de presentar, con carácter previo a la percepción de las ayudas, las declaraciones responsables establecidas por Real Decreto-ley 20/2022 de 27 de diciembre.

Como empresas de transporte por carretera que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional, y que figuran en el Censo de Beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad, de la AEAT, tendrán derecho a beneficiarse de la Ayuda extraordinaria y temporal, por los siguientes importes:

  • Para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023: 0,20 euros por litro.
  • Para los suministros de gasóleo realizados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023: 0,10 euros por litro.

Para la tramitación y pago de la ayuda extraordinaria:

  • Se aplicará el procedimiento previsto para la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el uso de gasóleo profesional (uso tarjeta gasóleo profesional o presentación mensual CAE GP).
  • A la finalización de cada mes natural, la Administración competente calculará el importe de la ayuda y, acordará, en su caso, el pago de la misma. (art.34.6 del Real Decreto-Ley 20/2022).
  • El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada para la inscripción en el Censo de Beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad.
  • La Administración competente para la tramitación y pago de las ayudas será la AEAT, para los beneficiarios que tengan su domicilio fiscal en territorio común, y la Administración Foral que corresponda, en el caso de beneficiarios cuyo domicilio fiscal se ubique en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco o la Comunidad Foral de Navarra.

MUY IMPORTANTE: Con carácter previo a la percepción de las ayudas, será necesario presentar las siguientes declaraciones

Domicilio fiscal territorio común (sede AEAT):

a)     Declaración responsable en la que señalen expresamente que se han visto afectados económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania.

La presentación consistirá en marcar la casilla que figura en la página que se abre al acceder a la declaración responsable.

Una vez realizada la firma se obtendrá el CSV de la presentación.

b)     Declaración de cualesquiera otras ayudas que se hayan recibido en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania, del Marco Nacional o las ayudas relativas a los mismos costes subvencionables que hayan recibido de conformidad con los Reglamentos de minimis, del Reglamento de Exención por Categorías, del Marco Temporal relativo a la COVID-19 y las ayudas que hayan podido recibir destinadas a reparar los perjuicios causados por acontecimientos de carácter excepcional en aplicación del artículo 107.2.b) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea como consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

La presentación consistirá en marcar la casilla que figura en la página que se abre al acceder a la declaración, y será necesario adjuntar documento que detalle las ayudas percibidas y su importe.

Una vez realizada la firma se obtendrá el CSV de la presentación.

c)     Declaración en la que se identifique a las empresas con las que se encuentren vinculados y asociados.

La presentación, consistirá en marcar la casilla que figura en la página al acceder a la declaración. Será necesario adjuntar documento detallando las empresas vinculadas y asociadas (*), en el que se recoja asimismo si autoriza a la AEAT para que pueda intercambiar información de las solicitudes de ayudas presentadas y concedidas con otras administraciones competentes.

Una vez realizada la firma se obtendrá el CSV de la presentación.

(*) Consulte con su asesor la concurrencia de empresas vinculadas o asociadas a la solicitante de conformidad con lo establecido el artículo 36.1 del RDL 20/2022.

Así mismo en el momento en el que se supere el límite de cuantía máxima de ayudas del Marco temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea, ayudas relativas a los mismos costes subvencionables de conformidad con los Reglamentos de minimis, del Reglamento de Exención por Categorías, del Marco Temporal relativo a la COVID-19 y /o las ayudas destinadas a reparar los perjuicios causados por acontecimientos de carácter excepcional en aplicación del artículo 107.2b) del TFUE como consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, deberán presentar la siguiente declaración:

d)     Declaración responsable por superar el límite de cuantía máxima de ayudas.

La presentación consistirá en marcar la casilla que figura en la página que se abre al acceder a la declaración responsable.

Una vez realizada la firma se obtendrá el CSV de la presentación.

Les indicamos a continuación el enlace en la AEAT para acceder a la presentación de las declaraciones:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ23.shtml?faqId=362538dd9dec5810VgnVCM100000dc381e0aRCRD

Domicilio fiscal en territorios forales:

–        Hacienda Foral de Navarra
Las declaraciones están unificadas en un único formulario que se abre al acceder al siguiente enlace:

https://hacienda.navarra.es/distribuidor/frmDT.aspx?familia=comu&Modelo=GDR

–        Hacienda Foral de Bizkaia

Las declaraciones están unificadas en un único formulario que se abre al acceder al siguiente enlace:

https://ataria.ebizkaia.eus/es/catalogo-de-tramites-y-servicios;jsessionid=aHYHG6qLIbA29hGG9-PQe5Hu4OkFwVEyKCTOOKs9.p0vappjb75:internet05

Con respecto a la Diputación Foral de Gipuzkoa y la Diputación Foral de Araba será preciso que contacten directamente con las Administraciones tributarias correspondientes en relación al mecanismo de presentación de estas declaraciones.

Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para remitirles un cordial saludo.